martes, 11 de junio de 2019

Facturar en dólares u cualquier otra divisa en venezuela

La Providencia Administrativa N° 00071 emanada del SENIAT permite la facturación en divisas cuyo pago haya sido expresada en moneda extranjera.

Para esto la normativa establece solos dos (2) sencillas condiciones:

1. Expresar en la factura el equivalente en Bolívares del monto facturado en dólares u otra divisa. O sea deberá constar en la factura ambas cantidades, en Bolívares y en Dólares.

2. Se debe establecer en la factura el tipo de cambio utilizado para hacer el cálculo de la cantidad en Bolívares.

Esto está establecido en el Numeral 14 del Articulo 13 de la Providencia Administrativa N• 0007112 emanada del SENIAT que establece las *Normas Generales de Emisión de Factura y Otros Documentos.

Este es el enlace directo a la página del SENIAT donde puedes ver la providencia:
http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/01NOTICIAS/00IMAGENES/GACETAOFICIAL39795.pdf

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