miércoles, 25 de abril de 2018

Información General acerca de Apostilla y Legalizaciones


1. Todos los documentos civiles (partidas de nacimiento, actas de matrimonio, actas de defunción, carta de soltería, cualquier documento notariado o registrado) deben pasar por el Registro Principal del estado donde fue emitido el documento para su legalización. Hacer énfasis que es para apostilla. El documento te lo entregan con dos hojas de legalización anexas. De allí va directo a apostilla.

2. Todos los documentos de educación primaria o media general (título, fondos negros, notas certificadas, entre otros) pasan por la Zona Educativa correspondiente al estado donde se encuentra el plantel. Las notas deben solicitarlas actualizadas en el plantel del cual egresaron; si éste está cerrado, se solicitan directamente en la ZE. Igualmente las actas de promoción de los niños también pasan por allí, excepto de maternal, ellos sólo necesitan su partida de nacimiento para ser inscritos en un colegio extranjero. Ya de allí van directo a apostilla. NO pasan por el Ministerio de Educación, ése paso fue eliminado.

3. Los títulos pergamino de universidades privadas van directo a apostilla. NO pasan por GTU (Gestión de Trámites Universitarios, Ministerio de Educación Universitaria). Fijarse en la parte delantera inferior que diga REFRENDADO.

4. Los títulos pergamino de universidades públicas SÍ pasan por GTU. Para ello deben tener cita GTU. La cita de apostilla ya no es requisito (para el 12/02/2017).

5. Todos los documentos inherentes a educación universitaria (pensum, notas, programas, fondos negros, acta de grado, entre otros) sean de universidad pública o privada SÍ pasan por GTU. OBLIGATORIAMENTE. Éste trámite es sólo en Caracas, una vez lleves los documentos originales el día de la cita, pasan por vista y devolución y a los 3 días hábiles llega la refrenda por medio de correo electrónico.

6. Para solicitar las citas de GTU debe estar atento/a los horarios que publique el portal entre días de la semana disponibles ya que tienden a variar los horarios en que abren el sistema y la cita se solicita de acuerdo a la disponibilidad. persistan. Preferiblemente deberá tener todos sus documentos firmados por la máxima autoridad de la institución de la cual egresó para pedirla.

7. Los documentos de la cita GTU SI se modifican.

8. Los documentos de la cita de apostilla SÍ se modifican.

9. La cita de apostilla NO se puede cancelar, solicítela sólo si tiene al menos un documento seguro para apostillar, pues, si pierde la cita, sólo tendrá una nueva oportunidad para solicitarla.

10. Los documentos dirigidos a países que no están dentro del Convenio de La Haya son legalizados. Luego de eso, deberá dirigirse al consulado o embajada correspondiente para validarlos.

11. La Apostilla de La Haya NO vence.

12. Lo que vence son algunos documentos, como los antecedentes penales.

13. Los antecedentes penales, luego de ser aprobados vía internet, se imprimen y están listos para apostillar, ya que vienen con un código de barras. NO deberá llevarlos a validar a ningún otro sitio.

14. NO necesita estampillas para entregar documentos en el GTU. Las debe pegar al retirar los documentos. En la sede del Ministerio de Educación Universitaria las venden, NO las compre en la calle.

15. Las fechas o lugares de las citas, o quién asiste a éstas (en caso de apostilla), NO son modificables.

16. Los documentos en GTU son revisados por un funcionario y devueltos de inmediato el día de la cita, posteriormente llegará al correo electrónico del titular la refrenda de los documentos en un lapso de 3 días  hábiles, debe imprimirse y adjuntar al documento que corresponda.

17. Para cursos y diplomados que NO estén avalados por el Ministerio de Educación se realiza una declaración jurada. Eso te lo redacta y te lo firma un abogado con los originales de los diplomas anexos, se lleva a notaría y luego al Registro Principal para que te lo legalicen para el extranjero. Luego de allí va directo a apostilla; se puede colocar en Documentos Civiles como documento inherente al registro civil.

18. Para cursos y diplomados que SÍ estén avalados por el Ministerio de Educación se deben llevar a legalizar a la Zona Educativa. Luego de allí va directo a apostilla.

19. Para cursos y diplomados que SÍ estén avalados por una universidad (UCV, ULA, UC, UDO, USB, etc.) deben llevarlos a firmar por la máxima autoridad de la institución y luego pasarlos por el Ministerio de Educación Superior (Mppuct-GTU) como diploma. Luego de allí va directo a apostilla. Este procedimiento se puede hacer igual por medio de declaracion jurada (ver punto 17) y tiene la misma validez.

20. Para referencias laborales, constancias de trabajo y cualquier documento laboral se realiza una declaración jurada. Eso te lo redacta y te lo firma un abogado con los originales de las constancias anexas, se lleva a notaría y luego al Registro Principal para que te lo legalicen para el extranjero. Luego de allí va directo a apostilla; se puede colocar en Documentos Civiles como documento inherente al registro civil. SÍ se pueden colocar varias constancias o referencias en una sola declaración jurada. Hay notarías que no lo permiten o lo reciben hasta cierto número de constancias. En ese caso simplemente llévalo a otra notaría.

21. Cada estado tiene sus propios lapsos de entrega para los documentos apostillados.

22. Cada Zona Educativa tiene sus propios requisitos y lapsos de entrega de documentos.

23. Cada Registro Principal tiene sus propios lapsos de entrega y dinámicas de trabajo para  legalizar documentos civiles.

24. Cada institución educativa tiene sus propios requisitos, dinámicas y lapsos de entrega.

"...Es mejor tenerlo y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo..."         Actualizada a la fecha Marzo 2018

PODER Y PERMISO DE VIAJE SOBRE NIÑOS Y ADOLESCENTES


🔰CASO 1 El Niño viaja con un solo padre y el otro se queda en Venezuela: El padre que se queda otorga al otro poder amplio para representar al menor, este debe ser notariado, legalizado y apostillado. Se debe hacer un permiso de viaje (si es por avión cuando se tenga el boleto e indicar datos exactos del boleto, si es por tierra no requiere datos de retorno solo fecha) el formato se puede bajar y llenar en la página web del Saren  o lo elabora un abogado, debe ser solo notariado. Queda a criterio personal si el permiso lo firma el padre que se queda o no ya que el poder le permitiría firmarlo al padre apoderado (se daría permiso a si mismo).

🔰CASO 2: El Niño viaja con un solo padre y el otro ya está en el exterior o se reunirán posteriormente. Si el padre que está fuera no dejo un poder notariado al otro,  si se fue y no dejo poder amplio de menores  debe elaborarlo en una notaria del país en el que esté  y apostillarlo allá donde reside, enviarlo al otro padre a Venezuela (en este caso como viene Apostillado de un país miembro de la Haya,  este no necesita ser apostillado en Venezuela) y con eso éste podrá gestionar el permiso de viaje.

🔰CASO 3: El Niño viaja con un solo padre y el otro no aparece o no está de acuerdo: En este caso es donde se debe acudir al Consejo de protección de niños, niñas y adolescentes, lo que nosotros llamamos LOPNA quienes mediaran al respecto.

🔰CASO 4: El niño viaja con otra persona distinta a los padres: ambos padres (en un solo documento) poder notariado autorizan al tercero para viajar con El Niño y de igual forma se debe gestionar el permiso de viaje correspondiente

Importante:
-Sin permiso de viaje no permitirán la salida del menor que viaje con un solo padre, sin excepción.
-El permiso de viaje es solo para salir de Venezuela, en los demás países podrá transitar con un solo padre sin problema.
-Llevar a la mano el permiso de viaje y poder con al menos 2 copias, también copia de la cédula del padre que no viaja con el niño.